Instrucciones Sistema Especial de Pagos (SEP)
El Ayuntamiento de Illana, recientemente, ha aprobado la Ordenanza Municipal que regula el Sistema Especial de Pagos (SEP) de recibos en período voluntario para el Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI U). Esto significa que usted podrá obtener una bonificación del 5% de la cuota íntegra de dicho impuesto; además facilita el pago mediante fraccionamiento en dos plazos.
La aplicación de esta bonificación es realizada por el Ayuntamiento al presentar la correspondiente solicitud, y se obtendrá en el pago del segundo plazo.
Requisitos para acogerse al SEP
- Domiciliación para cargo en cuenta obligatorio.
- Cumplimentar el impreso y presentarlo en el Ayuntamiento antes del 31 de diciembre del ejercicio anterior a su aplicación.
- Para tener derecho a la aplicación del SEP el titular de los recibos no debe tener deudas pendientes de pago en vía de apremio, salvo que estuviesen recurridas y avaladas o que sobre las mismas se hubiese concedido un aplazamiento o fraccionamiento de pago.
- No se concederá ningún SEP si el importe anual total de todos los recibos a incluir en el mismo no supera la cantidad de 70 euros por titular.
- El impago de una cuota supone la cancelación automática
Beneficios:
- 1º Plazo: 5 de mayo 50% del recibo
- 2º Plazo: 5 de septiembre 50% del recibo menos el 5% del importe total del recibo
- 95 Euros de bonificación máxima
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LIQUIDACIÓN IMPUESTO VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, IVT
Instrucciones: Autoliquidación.
Declaración de alta en el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
INSTRUCCIONES
El impreso puede ser cumplimentado a máquina o a mano, con mayúsculas tipo imprenta.
Liquidación impuesto Vehículos de Tracción Mecánica, IVT
Para cualquier aclaración o consulta puede llamar al teléfono 916 661 778
INFORMACION
ESTA DECLARACIÓN-LIQUIDACIÓN SURTIRÁ EFECTOS PARA LA INCLUSIÓN EN El PADRÓN MUNICIPAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA PARA AÑOS SUCESIVOS.
PARA MÁS INFORMACIÓN VISITE ESTE ENLACE
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DOMICILIACION BANCARIA DE TRIBUTOS
Para mayor comodidad tiene la posibilidad de domiciliar los pagos correspondientes a los tributos municipales de vencimiento periódico y de notificación colectiva.
Impreso de domiciliación descargable .
Domiciliación tributos SEPA
Instrucciones
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Este impreso deberá cumplimentarse por triplicado, un ejemplar se entregara en la entidad bancaria otro en las dependencias municipales quedando el tercero en poder del interesado
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Para mayor comodidad cumplimente uno y preséntelo en las dependencias municipales donde se le dará copia para la entidad bancaria y copia para el interesado
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Este impreso deberá cumplimentarse por triplicado, un ejemplar se entregara en la entidad bancaria otro en las dependencias municipales quedando el tercero en poder del interesado
Para mayor comodidad cumplimente uno y preséntelo en las dependencias municipales donde se le dará copia para la entidad bancaria y copia para el interesado
OTROS IMPRESOS
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE PADRONES DE TASAS MUNICIPALES
SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDA
OTROS IMPRESOS
SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE PADRONES DE TASAS MUNICIPALES
DESCARGAR IMPRESOSOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDA
DESCARGAR IMPRESOSOLICITUD DE CAMBIO DE DOMICILIO FISCAL
Instrucciones
Cumplimente el impreso con los datos solicitados
Forma de presentación
- Personalmente en el Ayuntamiento de Alcocer o en la oficina de Recaudación
- Por correo electrónico a: alcocer@rgsa.es
- Por Fax a: 949 355 001
Solicitud de cambio de domicilio fiscal
Si es requerido por el Ayuntamiento deberá justificar el cambio de domicilio fiscal
Referencias normativas: LEY GENERAL TRIBUTARIA
Artículo 45.>> “La Administración podrá exigir a los sujetos pasivos que declaren su domicilio tributario. Cuando un sujeto pasivo cambie su domicilio, deberá ponerlo en conocimiento de la Administración Tributaria, mediante declaración expresa a tal efecto, sin que el cambio de domicilio produzca efectos frente a la Administración hasta tanto se presente la citada declaración tributaria. La Administración podrá rectificar el domicilio tributario de los sujetos pasivos mediante la comprobación pertinente.”
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